Ley del servicio público de energía eléctrica
La Ley del servicio público de energía eléctrica de los Estados Unidos Mexicanos fue aprobada en el año 1975, dicha Ley fue reformada en el año 1983 y posteriormente en el año 2012, asimismo, esta Ley fue abrogada en el año 2014.
Sin embargo, antes de su aprobación determinaba y reglamentaba todo el funcionamiento del servicio público de energía eléctrica en el país.
En este sentido, según la Ley del servicio público de energía eléctrica (LSPEE) es responsabilidad única de la Nación a través de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), empresa productiva del Estado, propiedad del Gobierno Federal y autónoma en su presupuesto y en su capacidad técnica y operativa, prestar el servicio público de abastecimiento de energía a la población. Por lo que quedaba determinantemente prohibido el otorgamiento de concesiones a particulares para la prestación de este servicio de manera privada.
¿Qué actividades no entran dentro de la consideración de servicio público?
En la LSPEE vamos a encontrar un conjunto de actividades que la normativa considera ajenas al servicio público y por tanto, valida su existencia en el mercado eléctrico. De esta manera las actividades que no se consideran servicio público son las siguientes:
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La generación de energía eléctrica para autoabastecimiento, cogeneración o pequeña producción.
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La generación de energía eléctrica que realicen los productores independientes para su venta a la Comisión Federal de Electricidad.
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La generación de energía eléctrica para su exportación, derivada de cogeneración, producción independiente y pequeña producción.
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La importación de energía eléctrica por parte de personas físicas o morales, destinadas exclusivamente al abastecimiento para usos propios.
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La generación de energía eléctrica destinada a uso en emergencias derivadas de interrupciones en el servicio público de energía eléctrica.
¿Qué comprende la prestación del servicio público de energía eléctrica?
Como pudimos observar en el apartado anterior, existe una amplía consideración para actividades relacionadas al suministro de energía eléctrica que no se consideran servicio público. Llegado a este punto cabría hacernos la pregunta de ¿Qué comprende entonces la prestación del servicio público de energía eléctrica? Veamos:
Según la LSPEE la prestación del servicio público de energía eléctrica estaba comprendida por tres actividades:
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La planeación del sistema eléctrico nacional.
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La generación, conducción, transformación, distribución y venta de energía eléctrica
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La realización de todas las obras, instalaciones y trabajos que requieran la planeación, ejecución, operación y mantenimiento del sistema eléctrico nacional.
¿Qué rol juega la Comisión Federal de Electricidad?
Como se dijo al comienzo, la Comisión Federal de Electricidad (CFE) es la única posibilitada a asumir la responsabilidad de realizar todas las actividades del servicio público de energía eléctrica. En este sentido, según la LSPEE el objeto de la CFE es el siguiente:
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Prestar el servicio público de energía eléctrica.
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Proponer a la Secretaria de Energía los programas energéticos a llevar a cabo.
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Exportar energía eléctrica y, en forma exclusiva, importarla para la prestación del servicio público.
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Formular y proponer al Ejecutivo Federal los programas de operación, inversión y financiamiento que a corte, mediano o largo plazo, requiera la prestación del servicio público de energía eléctrica.
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Promover la investigación científica y tecnológica nacional en materia de electricidad.
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Promover el desarrollo y la fabricación nacional de equipos y materiales utilizables en el servicio público de energía eléctrica.
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Celebrar convenios o contratos con los Gobiernos de las Entidades Federativas y de los Municipios o entidades públicas y privadas o personas físicas, para la realización de actos relacionados con la prestación del servicio público de energía eléctrica.
¿Por qué es importante conocer esta Ley?
Durante muchos años esta Ley fue la que rigió en México la prestación del servicio público de energía eléctrica, así como determino que tipo de producción y uso de energía eléctrica no era caracterizado como un servicio público. En la actualidad, las nuevas leyes recogen importantes improntas de esta y se sigue manteniendo el monopolio energético de alguna manera por parte de la CFE, pues otras empresas privadas sí que pueden competir actualmente en el sector.
Conocer las leyes del país ayudará a los usuarios a saber cuáles son sus derechos en materia de acceso a la energía eléctrica, así como lo guiará hacía las instancias pertinentes a la hora de solicitar el servicio o ejercer los reclamos necesarios. Por último, evitará que entren en conflictos legales, ya que como reza el dicho jurídico: el desconocimiento de la Ley no impide su cumplimiento.
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La Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica es una normativa que regula la prestación del servicio de suministro de energía eléctrica en México. Esta ley establece los derechos y obligaciones tanto de los usuarios como de la Comisión Federal de Electricidad (CFE), la empresa estatal encargada de la generación, transmisión y distribución de la electricidad en el país.
Uno de los aspectos más relevantes de esta ley es la garantía de acceso universal a la energía eléctrica. Esto significa que todas las personas tienen derecho a contar con este servicio, sin importar su ubicación geográfica o su nivel socioeconómico. Asimismo, la ley establece que la CFE debe ofrecer tarifas justas y equitativas, garantizando la accesibilidad económica para todos los usuarios.
Otro punto importante de la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica es la promoción de la eficiencia energética y el uso de energías renovables. La normativa establece que la CFE debe impulsar la generación de electricidad a través de fuentes limpias y sustentables, fomentando la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero y contribuyendo así a la mitigación del cambio climático.
Además, la ley establece las bases para la libre competencia en el sector eléctrico. Esto significa que los usuarios tienen derecho a elegir a su proveedor de energía eléctrica, ya sea la CFE u otra empresa que cumpla con los requisitos establecidos. Asimismo, la normativa establece las condiciones para la operación y el funcionamiento del mercado eléctrico, promoviendo la transparencia y la competencia leal entre los participantes.
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Hola Fernando,
En el artículo titulado “Ley del servicio público de energía eléctrica” (http://cfe-recibos.com.mx/ley-servicio-energia-electrica/) encuentras los detalles más resaltantes sobre la normativa aceptada y vigente para la comisión. Gracias por tu comentario.
Un saludo
¿Cómo puedo saber qué tipo de acometida hay en el edificio donde vivo? La unidad habitacional tiene 29 edificios, 904 departamentos, hay seis subestaciones, Ya se quemó una “caja” que parece ser la acometida de uno de los edificios, asistieron los bomberos. CFE no me resuelve mis dudas, a pesar de que vinieron y NO dieron un diagnóstico de las razones por las que se quemó esta caja con cables de altya tensión. La unidad tiene 52 años de antigüedad. ¿Qué hago?